miércoles, 1 de octubre de 2008

Se registrarán los celulares para evitar el secuestro

El Senado aprueba ley para evitar secuestros y extorsiones telefónicas

Jesús Robledo

El secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño, destaca que con el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad se devolverá la responsabilidad de la seguridad pública a las corporaciones policiacas, ya que contiene 100 acciones para reforzar a las policías de los tres órdenes de gobierno


El Senado de la República aprobó una iniciativa de ley para conformar un registro de teléfonos celulares para combatir secuestros y extorsiones telefónicas, y recibió, por parte del Ejecutivo federal, diversas iniciativas en materia de seguridad pública y justicia penal, entre las que se encuentra la Ley de Extensión de Dominio de los bienes provenientes del crimen organizado; no incorporar a policías sancionados, y penas de cuatro a diez años a quien altere, pierda o perturbe el lugar de un hecho delictivo.

Dentro de las acciones emprendidas como parte de los compromisos asumidos en el Acuerdo Nacional por la Seguridad, la Justicia y la Legalidad, la Procuraduría General de la República (PGR) creó la figura del Visitador Ciudadano, que formará parte del Consejo de Participación Ciudadana de la institución, con la que personas de la sociedad civil elegidas vigilarán el desempeño de funcionarios de la dependencia, que no se cometan actos de corrupción y verificar la atención que se brinda a la ciudadanía.

A su vez, el secretario de Gobernación, Juan Camilo Mouriño, afirmó que el Acuerdo devolverá la responsabilidad de la seguridad pública a las corporaciones policiacas, pues conlleva 100 acciones específicas para reforzar a las policías de los tres órdenes de gobierno.

Aprueban registro de celulares

El Senado de la República aprobó la creación del Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, con el que se busca disminuir el uso de teléfonos celulares en delitos como extorsiones y secuestros virtuales.

En las reformas a la Ley de Telecomunicaciones se establece que los concesionarios tendrán la obligación de contar con un registro de usuarios para que las autoridades judiciales puedan identificar a quien incurra en un delito.

En el dictamen, aprobado por 83 votos a favor y apenas uno en contra, se establece que en los casos de contratación de telefonía móvil, los concesionarios deberán solicitar la credencial del IFE, CURP o pasaporte, comprobante de domicilio oficial, como recibo del agua, luz o teléfono, además de la impresión de la huella dactilar.

Se estableció que en caso de que los concesionarios de telefonía móvil no cuenten con este registro, no lo conserven o no lo faciliten a las autoridades correspondientes, serán sancionados con una multa de 500 mil y hasta cinco millones de pesos.

Por lo que hace a quienes poseen en la actualidad un teléfono de prepago tendrán dos años para que acudan a la compañía donde compraron su equipo para regularizar su registro; en caso de no hacerlo se cancelará la línea.

Medio para extorsiones y secuestros

La reforma prevé penas de cinco a diez años de prisión y multas de 200 a 500 días de salario mínimo para quienes cometan extorsión telefónica; estas aumentarán si el delito lo realiza una banda delictiva o un servidor público.

En tanto, los concesionarios deberán realizar campañas para que los usuarios denuncien en forma inmediata el robo o extravío de sus equipos celulares, de chips o el uso indebido de las líneas.

En el dictamen se resalta que, de acuerdo con un informe del Consejo para la Ley y los Derechos Humanos, 95% de las extorsiones se realizan por medio de telefonía celular y el resto, mediante teléfonos públicos, además de que 80% fueron realizadas desde reclusorios.

Una de las demandas planteadas por México Unido Contra la Delincuencia (MUCD) fue la reglamentación del uso de telefonía celular, con esquemas similares a los operados en Francia y otros países avanzados, con el objetivo de impedir el uso de celulares como herramienta del delito, así como contar con recursos tecnológicos para el rastreo y ubicación de esos dispositivos.

No serán readmitidos policías sancionados

Los senadores recibieron también el paquete de modificaciones legales conocido como Miscelánea Penal y la Ley de Extinción de Dominio, entre otras iniciativas para abatir la delincuencia.

Entre las propuestas que envió el presidente Felipe Calderón se encuentran la reforma al artículo 215 del Código Penal Federal, que establece una pena de cuatro a diez años de prisión a quien altere, destruya, pierda o perturbe ilícitamente el lugar de los hechos, los indicios o las huellas o vestigios de un acto delictivo.

En la modificación al artículo 247 del Código Penal se prevé que testigos o peritos que falten a la verdad serían castigados hasta con doce años de prisión y hasta con 500 días de salario mínimo de multa.

Otra propuesta del Ejecutivo se refiere a los policías que, siendo sancionados, obtienen un amparo para seguir laborando. Con la modificación, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio.

En total, el presidente de la república envió a la Cámara Alta la iniciativa de decreto por el que se busca expedir la Ley de Extinción de Dominio y reformar y adicionar diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, remitió la iniciativa de decreto por el que se busca reformar, adicionar y derogar diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales, de la Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada, de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, del Código Penal Federal y de la Ley de la Policía Federal Preventiva.

Además de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, de la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos, de la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.

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